sábado, 8 de octubre de 2011

EL PHISHING COMO DELITO INFORMATICO

Algunos hemos escuchado el caso de la persona que le sustraen dinero de la cuenta bancaria realizando pagos de facturas telefónicas de CANTV a través de Internet , asumiendo de una vez que alguien nos ha robado nuestro login y password de acceso a la pagina web de la institución financiera a la que pertenecemos o en algunos casos acusando al mismo Banco de poseer empleados deshonestos, pero lo que desconocemos, igual que los funcionarios de INDEPABIS (antes INDECU), es que en la mayoría de estos casos nadie nos quita nada, sino que somos los propios usuarios quienes damos nuestros datos de acceso, no por mala fe sino por ignorancia, a través de un método poco conocido en Venezuela llamado Phishing.

El Phishing, que deriva de la palabra Fishing –pescar en ingles-, es considerado por el derecho como una modalidad de estafa que consiste en suplantar la identidad de una persona o institución, a los efectos de obtener información sensible de un tercero. Actualmente esta practica se le relaciona con medios electrónicos, ya que la principal forma de ejercerla es a través de Internet, pero su aplicación a través de llamadas telefónicas, sms y servicios postales se viene realizando desde hace mucho tiempo.

Supongamos que poseemos una cuenta bancaria en un Banco que presta servicios de Banca Electrónica a través de una página web cuyo nombre de dominio es “tubancoelectronico.com”. Usted posee un login y un password para poder acceder a su cuenta mediante internet y realizar pagos de servicios y/o transferencias a cuentas de terceros. Un día usted abre su cuenta de correo y recibe un correo de dicha institución que le indica que se requiere que usted confirme sus datos haciendo clic en un enlace (link) que lo lleva a la página web del Banco donde se le solicita que reingrese diversos datos personales como nombres y apellidos, cédula, dirección, login y password. Lo que realmente ha pasado es que usted ha sido víctima de Phishing.

El estafador envía un correo desde la dirección “atencionalcliente@tubancoelectronico.com”, este correo aunque posea al final un nombre de dominio valido no necesariamente demuestra que sea genuino ni que la institución fue el remitente, ya que existe software que disfrazan las direcciones de correo. Posteriormente en el contenido del correo, el cual posee logo y colores del Banco, le incluyen un enlace (link) que lo redirecciona a una página falsa, que es idéntica a la original del Banco donde le solicitan que reingrese sus datos privados. Una vez que usted introduce sus datos los acaba de entregar a una base de datos automatizada que le reenviara los mismos al estafador, poniéndolo en posesión de su login y password.

Por lo antes narrado es muy importante que se tomen precauciones a la hora de utilizar servicios webs. Para determinar que la pagina es falsa se debe revisar en nuestro navegador (browser) la dirección del link, si la dirección es “tubancoelectronico.com” es real, pero en el caso del Phishing nos vamos a encontrar con direcciones como “tubancoelectronico.paginadelestafador.com”, es decir, estamos ante un subdominio del dominio principal “paginadelestafador.com”, el cual tiene en su host una copia fiel y exacta de la pagina web del banco. También existen casos en que a través de lenguajes de servidor se esconden los nombres de dominio, por lo que la mayoría de los navegadores (browsers) ya poseen filtros anti phishing. También es recomendable que se tenga instalados anti-virus legales en su computador que ayudan a detectar tanto los correos como las páginas que se utilizan para este delito.

Otro caso común de Phishing lo vemos todos los días en usuarios del conocido servicio de mensajería instantánea Microsoft Messenger. Existen unos supuestos servicios que indican a los usuarios del MSN si alguno de sus contactos lo ha bloqueado o borrado, como por ejemplo “miraquientebloqueo.com”, “notequieren.com”, “tumamateodia.com”, etc. Primero debemos destacar que estos servicios no pueden afirmar si alguien nos bloqueó o borró de su lista de contactos, pues el API del servicio MSN no lo permite.

 Lo que estos servicios hacen es algo que el mismo MSN puede decirnos, ingresar a nuestra lista de contactos y ver las fechas de las últimas conexiones de los mismos. Mediante este procedimiento el presume que el contacto que tiene más de 3 meses sin conectarse te ha borrado o bloqueado. La verdadera función de estas páginas web es robar el login y password de acceso de nuestro MSN para enviar publicidad tipo SPAM mediante el mismo servicio de mensajería instantánea y mediante el servicio de correo Hotmail. En mi caso, sé cada vez que alguien usa uno de estos servicios porque en mi MSN se abre una ventana enviándome mensajes y publicidad pornográfica en nombre del contacto que introdujo sus datos.

Existen diversas reglas o normas de conductas que debemos optar para proteger nuestros datos al momento de usar la Internet, primero solo acceder a las páginas web escribiendo directamente el nombre de dominio en nuestro navegador (browser), nunca por links ni por accesos directos, pues estos pueden redireccionarnos a destinos falsos; y la más importante de todas es nunca dar nuestros datos a nadie o a ningún sistema automatizado, y en caso de duda llamar telefónicamente a la empresa o institución que lo solicita para verificar la autenticidad del requisito.

Escrito por el Dr. Rafael Martínez

jueves, 6 de octubre de 2011

ABOGADOS ANALIZAN DELITOS INFORMATICOS

El desconocimiento que tienen los usuarios de Internet sobre los ataques informáticos, así como los vacíos en la legislación costarricense, facilitan el ser víctima de la ciberdelincuencia. Esta fue la principal conclusión de la mesa redonda Los delitos informáticos en Costa Rica, la cual contó con la participación de diferentes especialistas en derecho.

“Delito informático es aquella acción típica, antijurídica y culpable realizada por medios informáticos o cuya acción por modificar los datos a un dispositivo”, definió el abogado e ingeniero informático, Lic. Roberto Lemaitre Picado, quien forma parte del Área de Informática Jurídica de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica.

El Lic. Lemaitre explicó que actualmente Internet es considerado un mundo enorme y complejo, donde pueden ocurrir delitos informáticos debido a la facilidad con la que se comparten datos e información en tiempo real.  A esto se le suma que los usuarios de la red no están conscientes de los peligros a los cuales se exponen, con lo que aumenta el riesgo de ser víctima de un ataque.

En la Internet no sólo se puede encontrar software malintencionado, sino que también ocurre la suplantación de identidad, recolección de información privada de redes sociales y ataques multiplataformas. El uso de software sin una licencia del fabricante, también impide que se instalen actualizaciones que protegen la seguridad de los sistemas.  Los delitos ya no se limitan a las computadoras, sino que incluyen a todo dispositivo que tenga conexión a Internet como los celulares y las tabletas, explicó el Lic. Lemaitre.

Por ejemplo, el abogado citó el Reporte de Seguridad Informática 2011 de la empresa ESET, el cual indica que en Costa Rica, el 36% de las empresas permite el uso de redes sociales sin ninguna restricción.  El 50% de los usuarios costarricenses considera que no hay malware (software malicioso) en dichos sitios, y el 22% agrega como contacto a personas desconocidas.
El Dr. Carlos Chinchilla Sandí es Magistrado de la Sala III de la Corte Suprema de Justicia, egresado de la UCR y cuenta con publicaciones sobre delitos informáticos y derecho penal (foto Laura Rodríguez).
Otro de los participantes, el Dr. Carlos Chinchilla Sandí, Magistrado de la Sala III de lo Penal y egresado de Derecho de la UCR, también coincidió en que los usuarios creen que no serán víctimas de un ataque cibernético en Internet, especialmente en las redes sociales.

Quien comete un delito informático puede ser una persona o un grupo de personas que manejan información sensible o importante, hasta profesionales especializados en informática. El Dr. Chinchilla, explicó que las personas que delinquen en la red se muestran agradables, amigables y educadas, por lo que la víctima no sospecha que está frente a un ataque informático.

La persecución y la prueba de un delito informático son complicadas.  Por ejemplo, un ciberdelincuente puede atacar desde Costa Rica y hacer creer que el delito se cometió en cualquier otro país del mundo, lo que dificulta la captura física del atacante y se requiere de colaboración internacional.  Muchas empresas no denuncian que sus sistemas son víctimas de ataques informáticos, por miedo a dañar su imagen y perder la confianza de sus clientes, lo que colabora con la impunidad, comentó el Lic. Lemaitre.

Marco jurídico costarricense y delitos informáticos

El M.Sc. Francisco Salas Ruiz es profesor de la Facultad de Derecho de la UCR y ha representado a Costa Rica en diferentes comisiones sobre delitos informáticos fuera del país (foto Laura Rodríguez Rodríguez).
Los especialistas participantes en esta mesa redonda coincidieron en que la legislación costarricense presenta serias deficiencias para proteger a la ciudadanía de la ciberdelincuencia, debido a los vacíos conceptuales y la falta de tipos penales para sancionar.

El Dr. Chinchilla explicó que en los sistemas informáticos hay tres fases importantes: el ingreso, procesamiento y salida de información. Está comprobado estadísticamente, que el 85% de los ataques cibernéticos ocurren en la primera etapa, sin embargo, en la ley penal actual sólo se contemplan el procesamiento y la salida de datos. Los delitos informáticos se tipifican en los artículos 196 bis, 217 bis y 229 bis del Código Penal costarricense, los cuales tratan sobre violación a comunicaciones electrónicas, fraude informático, alteración de datos y sabotaje.

Los expositores también plantearon que otro de los vacíos de la legislación costarricense en materia de ciberdelitos, es que en ésta sólo se contemplan sanciones a personas físicas, y no a empresas que comentan actos ilícitos, con lo que se facilita el crimen organizado.  Además, las penas por los delitos informáticos se consideran muy cortas, pues van de los seis meses a los seis años de cárcel.

“Muchos de los delitos de carácter informático son delitos de peligro. Por lo tanto, no necesitamos ver resultados para sancionarlos como tales. Además son delitos de carácter patrimonial que dañan a muchas personas”, calificó el Dr. Chinchilla.

La buena noticia es que existe un proyecto de ley más completo sobre esta materia en la Asamblea Legislativa.  El diputado y jefe de fracción del partido Movimiento Libertario, Lic. Danilo Cubero Corrales, expuso que el proyecto ha pasado por diferentes reformas y consultas constitucionales desde que se planteó en el 2009.  Actualmente está en el lugar 28 del orden del día de la agenda legislativa para ser discutido y votado en el plenario.

El público asistente a la mesa redonda mostró interés y preocupación por la alta vulnerabilidad de sufrir un ataque informático (foto Laura Rodríguez Rodríguez).
 
Según el Dr. Chinchilla, este proyecto de ley se puede calificar como pionero en la región y garantiza mayor protección que la legislación actual. “Esta propuesta de reforma legislativa sobre los delitos informáticos es realmente una legislación de primer mundo, que muchos países ni siquiera tienen, y está puesta en beneficio de un país latinoamericano”.

La nueva ley incluye más tipos penales como violación de correspondencia y comunicaciones, violación de datos personales, hurto agravado, suplantación de identidad, estafa informática, espionaje informático, hurto de virus, software malicioso, clonación de páginas electrónicas y páginas web, suplantación de sitios web para recopilar datos personales, técnicas de pharming y phising, fraude informático y sabotaje informático.

Si bien Costa Rica está cerca de aprobar una legislación avanzada, el Procurador del Sistema Nacional de Legislación Vigente y docente en la UCR, M.Sc. Francisco Salas Ruiz, destacó la necesidad de que el país se una al Convenio de Europa sobre ciberdelincuencia.  Una vez que el país esté suscrito, podrá pedir ayuda a otros países que forman parte del convenio para perseguir los delitos informáticos.

Los especialistas, fueron enfáticos al decir que el derecho informático requiere de un trabajo interdisciplinario que incluya a juristas y especialistas en informática y computación. Además, la legislación necesita una actualización constante, tal y cómo lo hace la tecnología.

“Para comprender el delito informático es necesario conocer las redes informáticas y los equipos informáticos. Un delito como este no se visualiza correctamente si no se comprende el ecosistema en el que se desarrolla”, concluyó el Lic. Lemaitre. También es necesario que en Costa Rica se cree una institución especializada en el sector judicial que se encargue de investigar los delitos informáticos, observó el abogado.
Esta mesa redonda, fue organizada por la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, en conjunto con el Departamento de Servicios Bibliotecarios, Documentación e Información de la Asamblea Legislativa. Fue moderada por el decano de dicha facultad, el Dr. Daniel Gadea Nieto.

FUENTE: Universidad de Costa Rica.

Nota: Ojalá en nuestro país pronto le demos la importancia que el Derecho Informático tiene. Seguimos en la lucha...

EL COSTO DEL CIBERCRIMEN MUNDIAL ES DE $114 BILLONES DE DOLARES

Un estudio  global publicado por la empresa Norton Symantec calcula que la delincuencia informática mundial tiene un costo de USD 114 billones anuales.

Con base en las víctimas encuestadas, se estimó que el tiempo perdido en relación a sus experiencias con los delitos informáticos representaría una perdida adicional de USD274 billones.

Con 431 millones de víctimas adultas a nivel mundial en el último año y con un costo global de $338 billones basados en las pérdidas financieras y de tiempo, el estudio encuentra que el cibercrimen le cuesta al mundo mucho más que el mercado negro a nivel global de marihuana, cocaína y heroína combinados (USD 288 millones).

Según el Informe de Cibercrimen de Norton 2011, más de dos tercios de los adultos en línea (69%) han sido víctimas de la ciberdelincuencia alguna vez en su vida. Cada segundo, 14 adultos son víctimas de un crimen cibernético, lo que deja como resultado más de un millón de víctimas del cibercrimen todos los días


Más información del estudio realizado por la Compañía Norton en http://norton.com/cybercrimereport.

INTERNET Y LAS FRONTERAS NACIONALES



Hay ciertos temas que trascienden la geografía regional de cada país, Internet es uno de ellos. Desde hace varios años se encuentra en debate la creación de una legislación que pudiera regular el trato que se le da a los delitos informáticos más allá de las fronteras de cualquier país; la estructuración de estos delitos no responden a ningún determinismo fronterizo, sino al recorrido de los paquetes de datos por toda la geografía global.
Juzgar crímenes de otra naturaleza y que hacen uso de las redes para lograr su cometido podría ser incluso más complejo, el narcotráfico o el terrorismo son ejemplo de esto; no siempre lo que es considerado como delito en un país es considerado de igual manera en el otro.
Este asunto comienza a complicarse con la aparición y maduración de la “computación en nube” la cual desde el año 2007 ha ganado terreno en el mundo tecnológico. La computación en nube es la tercerización de uno o varios servicios tecnológicos que realiza una empresa en relación al almacenamiento y manejo de la información de otra entidad. Este modelo le permite a una institución determinada conseguir poderosas prestaciones informáticas sin necesidad de invertir en recursos propios, ni humanos ni materiales.
El inconveniente con esta situación es cómo regir los datos almacenados por una empresa, ¿por el lugar geográfico de su ubicación a nivel de servidores?  O ¿por la ubicación física de la empresa que hace uso de esos datos?. Algunos países como EEUU han ideado legislaciones específicas como la Patriot Act, la cual cumple 10 años el 26-10-2011, con esta ley el gobierno puede tener acceso a todos los datos de las compañías estadounidenses aunque físicamente no estén en territorio norteamericano.
El gobierno francés recientemente acaba de dar inicio con varias empresas comerciales al proyecto Andrómeda, el cual pretende crear una gran nube de datos para evitar que información sensible para la nación deba ser albergada fuera de sus fronteras. Lo que estamos viendo es que los gobiernos, buscando adaptarse a estas situaciones, incurren en una serie de anacronismos que en último término no resuelven nada.
El tema del almacenamiento de la información es apenas uno de los tantos que ocupan la agenda de estos gobiernos en el área de la telemática.

Escrito por Carlos Rondon A.
Análitica.com