lunes, 25 de febrero de 2013

LA INFORMÁTICA JURÍDICA EN LA FACULTADES DE DERECHO


Estamos inmersos en el contexto de las tecnologías de la información y la comunicación y obviamente en el caso de los profesionales del Derecho forzosamente tendremos que entrar en el campo de la informática y más específicamente en el de la informática jurídica, pues de lo contrario nuestro accionar no estará a la altura de las circunstancias.
Como se recordará, algunos tratadistas señalan que el vocablo informática proviene del alemán informatik acuñado por Karl Steinbuch en el año 1957. Pronto, adaptaciones locales del término aparecieron en francés, italiano, español, rumano, portugués y holandés, entre otras lenguas, refiriéndose a la aplicación de las computadoras para almacenar y procesar la información. En esencia, el término es una contracción de las palabras information y automatic (información automática).
Otros sostienen que la palabra informática tiene un origen francés, proviniendo del vocablo “informatique”, cuya traducción es información automática. Puede decirse que la informática es entonces el estudio científico y técnico que posibilita que la información por medio del uso de ordenadores (dispositivo electrónico destinado a procesar la información y obtener resultados) sea tratada de modo automático. Es una ciencia que utiliza en su desarrollo otras ciencias, como la electrónica, la física y la matemática.
Es el tratamiento racional, automático y adecuado de la información, por medio del computador, para lo cual se diseñan y desarrollan estructuras y aplicaciones especiales buscando seguridad, integridad. En el contexto de la informática la información constituye un recurso de gran valor y se busca mantenerla y utilizarla de la mejor manera.
En el Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia Española se define informática como: Conjunto de conocimientos científicos y técnicas que hacen posible el tratamiento automático de la información por medio de ordenadores. Conceptualmente, se puede entender como aquella disciplina encargada del estudio de métodos, procesos, técnicas, desarrollos y su utilización en ordenadores (computadoras), con el fin de almacenar, procesar y transmitir información y datos en formato digital.
Destacados tratadistas o autores destacan que en el campo jurídico se advierte que las tendencias actuales de la informática y el derecho a nivel internacional -dependiendo del grado de avance que tuviera en un país determinado la informática jurídica- en las siguientes etapas: a) Tendencia inicial o básica; b) Tendencia creciente o progresiva; c) Tendencia avanzada o próspera; y d) Tendencia culminante o innovadora.
“a) Tendencia inicial o básica: 1) Poco avance y desarrollo de la informática jurídica y del derecho informático, debido a la escasa importancia dada a la materia. Se empieza a promover que se incluya la materia de informática jurídica en los planes de estudio de las facultades de Derecho.
b) Tendencia creciente o progresiva: 1) Distinción clara entre informática jurídica y derecho informático (ramas relacionadas, pero independientes una de la otra); se empieza a desarrollar en firme, la doctrina nacional al respecto. 2) Derecho informático como rama autónoma del derecho de manera separada a la materia de informática jurídica.
c) Tendencia avanzada o próspera: 1) Destaca la necesidad e importancia de desarrollar la labor legislativa respecto al derecho informático. 2) Desarrollo y consolidación importante de la legislación, doctrina y jurisprudencia nacional del derecho informático; controversia de casos prácticos nacionales e internacionales en la Corte Suprema del país.
d) Tendencia culminante o innovadora: 1) Avances importantes en cuanto al desarrollo de la informática jurídica meta documental o decisoria, auge de centros de investigación para la utilización de sistemas expertos o de inteligencia artificial aplicados al derecho. 2) Desarrollo de proyectos prácticos y específicos de utilización de la inteligencia artificial aplicados al derecho”.
Lo anterior evidencia la importancia que representa el incluir a la materia de informática jurídica, dentro de los planes de estudio de las distintas facultades de Derecho, dado que es a partir de este punto, en donde se marca la iniciativa de desarrollo de las tendencias que hemos descrito.
Debemos incorporar la informática jurídica, pues en otros países han procedido a: 1) Inclusión de la materia de informática jurídica o derecho informático en los planes de estudio de las facultades de Derecho; 2) Distinción clara entre informática jurídica y el derecho informático; 3) Desarrollo de la doctrina nacional de la informática y el derecho; 4) Propuestas, iniciativas y desarrollo de legislación que regule aspectos sobre derecho informático; 5) Centros de investigación de informática jurídica; y 6) Centros de inteligencia artificial aplicados al derecho.

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