Dentro de las estafas que se realizan sirviéndose de internet, la que predomina es la conocida en el argot informático como phishing —suplantación de identidad para obtención de información confidencial como, por ejemplo, contraseñas y datos de acceso a cuentas bancarias—.
Se trata, por lo general, de correos electrónicos en los que se solicita el acceso a la página web del banco por algún motivo y así se accede al número de usuario y a la contraseña. Son páginas muy similares a las reales de la entidad financiera, con la URL también casi igual.
Otro tipo de estafas, es el de la falsa venta de un artículo a través de prácticas de comercio electrónico fraudulento. “El estafador pone un anuncio en un portal de venta de motocicletas de segunda mano con los datos reales del vehículo e incluso haciéndose pasar por el propietario, porque accede a esos datos en el registro de bienes muebles. El comprador se pone en contacto con el vendedor y éste le explica que está fuera de la ciudad y le da la dirección web de una empresa de transporte ficticia, de manera que cuando esta última certifica que tiene el vehículo el estafado tiene que hacer la transferencia del dinero para que se lo envíen, pero no recibe nunca la motocicleta deseada”.
El usuario de internet cada vez es más consciente de las conductas delictivas de otros a través de internet, como las estafas, pero no tanto de las consecuencias jurídicas de sus propios actos. Desde mi punto de vista, en ocasiones se obra con temeridad, pensando que no dejan constancia de amenazas a través de mensajes por Facebook, por ejemplo, cuando no es así. Es algo que me llama la atención”.
Algo para reflexionar...
El phishing se encuentra sancionado en la legislación informática en Venezuela?
ResponderEliminarSaludos Miguel. Actualmente nuestra Ley Especial contra los Delitos Informáticos (2001) y nuestro Código Penal (2007) no establecen el Phishing como delito, por lo tanto se aplica el Principio de Legalidad "Sin Delito no hay Sanción". Gracias por tu comentario
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